jueves, 24 de diciembre de 2015

Leyes internacionales para la transportación y manejo de sustancias químicas peligrosas

Las sustancias químicas se encuentran por doquier en el planeta. Todos los seres vivos están constituidos por ellas y es difícil concebir alguna actividad en la sociedad moderna en la cual no intervengan, tanto en el hogar como en los lugares de trabajo e incluso en las actividades de recreación. De allí que se considere que numerosas sustancias son o han sido la base del progreso y su aprovechamiento, en una gran diversidad de procesos productivos, es identificado como un factor que genera negocios, ingresos y empleos (Cortinas 2000b). Sus efectos adversos, que pueden llegar a derivarse del manejo de las sustancias químicas peligrosas comprenden, entre otros:

* Contaminación y deterioro de la calidad del agua, aire, suelo y alimentos
* Intoxicaciones y enfermedades que ocurren tanto en humanos como en la biota.
* Daños a los materiales que entran en contacto con ellas.
* Accidentes que involucran explosiones, incendios fugas o derrames.

Dada la gama de efectos adversos potenciales, algunos países, tales como los Estados Unidos de Amé- rica y diversos países Europeos han decidido implementar mecanismos de control químico que incluyen tanto aspectos de observancia obligatoria como medidas voluntarias.

El desarrollo de la regulación sobre el manejo de sustancias químicas se encuentra asociado al desarrollo de la industria farmacéutica; en 1930 se inicia la llamada “revolución terapéutica” con la introducción de las sulfamidas como sustancias quimioterapéuticas para el tratamiento de varias enfermedades infecciosas, lo que conllevó al desarrollo de la penicilina y otros antibióticos en la década de los años cuarenta. En 1937 se descubrió que el DDT tenía buenos resultados en su uso como insecticida en las campañas sanitarias, y se introdujo el uso de esta sustancia en la agricultura, incrementándose así el rendimiento de las cosechas.
El descubrimiento de nuevos productos farmacéuticos y plaguicidas marcan la “era de las sustancias químicas”, y en casi todos los sectores de la sociedad los productos químicos parecen brindar bienestar y progreso.

La Organización para la Agricultura y la Alimentación de las Naciones Unidas (FAO, Food and Agriculture Organization) rápidamente se interesó por los efectos inherentes a los plaguicidas tanto para los trabajadores agrícolas como para la población en general por el consumo de los productos en los cuales se utilizaron estos plaguicidas, así como por los residuos resultantes de los productos agrícolas; también la OMT (International Labour Organization) comenzó a implementar iniciativas para el etiquetado de los productos y la protección a los trabajadores, sin embargo todos los esfuerzos fueron bastante incipientes hasta la década de los sesenta.

Dos eventos cambiaron rápidamente la visión sobre las sustancias químicas; uno de ellos fueron las anomalías congénitas en recién nacidos ocasionadas por el consumo del farmacéutico talidomida durante los primeros meses del embarazo, y el otro fue la publicación del libro “La Primavera Silenciosa” de Rachel Carson, el cual evidenciaba los efectos deletéreos de los plaguicidas y otras sustancias químicas sobre la fauna silvestre.

Estos eventos movilizaron rápidamente a la comunidad científica internacional para alentar la cooperación y el establecimiento de regulaciones sobre el manejo de sustancias químicas que detuvieran posibles eventos catastróficos. Además, se hizo necesaria la aplicación de estudios de investigación para comprobar los efectos toxicológicos así como para determinar alternativas viables.

Propiedades físicas y químicas de las sustancias

Algunas de las propiedades físicas y químicas de las sustancias pueden favorecer su movilización desde las fuentes que las generan hacia los posibles receptores, así como otras que influyen en la posibilidad de que puedan ingresar al organismo humano o a los organismos acuáticos y terrestres (Cortinas 2000b).

Entre las propiedades que inciden en la peligrosidad de las sustancias químicas resaltan aquellas que favorecen su movilización en el aire, como, por ejemplo, su presión de vapor que determina su volatilidad; su solubilidad en agua, que influye en su infiltración en el suelo hacia los mantos freáticos; su coeficiente de reparto octanol/agua, que permite conocer su capacidad de penetrar a través de las membranas biológicas y de acumularse en el tejido adiposo; así como su persistencia, que indica cual es la vida media de las sustancias en el ambiente conservando sus propiedades tóxicas (Cortinas 2000b).

Características de peligrosidad

Para determinar las características de peligrosidad de las sustancias químicas y residuos se estableció el código CRETIB, el cual incluye las propiedades de corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad, inflamabilidad y características biológico-infecciosas de las sustancias (NOM-052-ECOL-93).

Las sustancias peligrosas y el ambiente

El manejo ambientalmente adecuado de las sustancias químicas peligrosas debe estar basado en cuatro premisas básicas, según Cortinas (2000b):
* La determinación de su peligrosidad y de la relación entre la exposición y sus efectos.
* La evaluación o caracterización de la magnitud de sus riesgos ambientales y sanitarios, tanto derivados de su liberación súbita como continua o intermitente.
* La administración o manejo de los riesgos para prevenirlos o reducirlos.
* La comunicación de los riesgos.

La liberación al ambiente de las sustancias peligrosas, así como la exposición a ellas de seres humanos o de organismos de la biota acuática y terrestre, puede ocurrir en cualquiera de las fases de su ciclo de vida, tanto a partir de emisiones al aire, como de descargas al agua o la ocurrencia de fugas y derrames, dado lo cual su control debe darse con un enfoque de ciclo de vida y multimedios (Cortinas 2000b).

Para tener una idea de la magnitud del universo de las sustancias químicas y definir criterios para enfocar la atención a las más relevantes para la sociedad desde la perspectiva de la prevención y control de riesgos, conviene señalar que se han identificado alrededor de 12 millones de sustancias en el planeta, encontrándose en el comercio mundial poco más de cien mil, de las cuales menos de tres mil se producen en volúmenes superiores a una tonelada anual en más de un país, sin embargo éstas representan alrededor de 90% del total que se comercian. A pesar de que se han regulado alrededor de ocho mil con base en alguna propiedad que las hacen peligrosas, no se han realizado estudios sistemáticos de su peligrosidad para la salud humana y los ecosistemas sino para un número limitado de ellas no mayor a mil, y evaluado los riesgos de un número todavía más pequeño. Asimismo, aun cuando la Organización de las Naciones Unidas ha elaborado una lista de cerca de 600 sustancias que han sido prohibidas, severamente restringidas, no autorizadas por los gobiernos o retiradas del comercio, únicamente unas 15 prohibidas o restringidas son objeto de control internacional de exportaciones e importaciones, a través del Procedimiento de 

Consentimiento Fundamentado Previo (Cortinas 2000b).
Basándose en la peligrosidad de las sustancias químicas se pueden establecer los siguientes grupos de sustancias.

Materiales inflamables


Existen gases y líquidos inflamables de uso común en nuestra vida diaria. Los elementos necesarios para mantener la combustión son: un sustrato (gases o vapores de un material inflamable), oxígeno y una fuente de ignición. Los materiales inflamables pueden ser de muy diversos tipos, pero generalmente son compuestos orgánicos, por ejemplo: metano, propano, butano, etc. (Meyer 1999).

Materiales corrosivos

La corrosión es un proceso mediante el cual los metales y minerales se convierten en subproductos indeseables al entrar en contacto con sustancias que destruyen las características químicas de éstos. Entre estas se encuentran los ácidos y las bases, los cuales son sustancias que liberan iones hidrógeno y iones hidróxido (Meyer 1999).

Sustancias reactivas al agua

Existen sustancias, como los metales alcalinos u otros metales combustibles, hidruros metálicos y compuestos de aluminio, que reaccionan con el agua para generar sustancias tóxicas o corrosivas o productos inflamables. Su conocimiento es muy importante para la extinción de incendios (Meyer 1999).

Sustancias tóxicas

Existen sustancias, las cuales cuando se absorben en cantidades relativamente pequeñas pueden causar enfermedades, lesiones o la muerte, por lo cual se consideran como tóxicas. Entre éstas se encuentran el monóxido de carbono, el ácido cianhídrico, el dióxido de azufre, los plaguicidas, los metales pesados, etc. Su toxicidad se mide mediante la DL50 (Dosis Letal 50) que es la dosis a la cual se presentó la muerte de la mitad de los especimenes de laboratorio en los que se probó la sustancia (Meyer 1999).

Oxidantes

Las sustancias oxidantes participan en reacciones de óxido-reducción, las cuales generalmente involucran una liberación de energía. Los agentes oxidantes mantienen los procesos de combustión de otros materiales. Entre éstos se encuentran: el oxígeno, el cloro, el flúor, el fósforo, etc. (Meyer 1999). Compuestos orgánicos Los compuestos orgánicos están integrados por moléculas con uno o más átomos de carbono. En la mayoría de los casos, los átomos de carbono comparten electrones con átomos no metálicos como hidró- geno, cloro, oxígeno y azufre. Los compuestos orgá- nicos se encuentran presentes en combustibles, solventes, plásticos, resinas, fibras, barnices, aerosoles, y explosivos (Meyer 1999).

Materiales poliméricos
Los polímeros son sustancias que se caracterizan por el tamaño de sus moléculas. Cada molécula de un polímero generalmente se compone de una cierta cantidad de pequeñas unidades conocidas como monómeros. Los polímeros se clasifican de acuerdo con sus usos. Generalmente, los polímeros son relacionados con los plásticos, pero éstos sólo forman uno de los diversos tipos de polímeros. Entre los principales tipos de polímeros se encuentran los plásticos, los elastómeros, y las fibras.


Materiales explosivos

Las sustancias explosivas son aquellas que pueden estallar como resultado de la aplicación de la fricción, de un impacto mecánico o del calor. Cuando explotan estos materiales, se lleva a cabo una transformación química generando gases y vapores, junto con una gran cantidad de energía, la cual se libera en forma de calor y ondas de sobrepresión.

Materiales radiactivos

El núcleo de todos los átomos tiene el mismo número de protones, pero puede tener diferente número de neutrones. A este átomo con diferente número de neutrones se le conoce como isótopo. Muchos isótopos son estables, pero existen algunos núcleos de isótopos que están sujetos a transformaciones espontáneas o transmutaciones; entonces se dice que este núcleo decae o se desintegra, lo cual se conoce como radioactividad. Cuando los isótopos cambian, generalmente emiten una partícula, y con menor frecuencia pueden absorber un electrón. Estos dos procesos son acompañados de una emisión simultánea de energía (radiaciones tipo: a, b, g). Entre los materiales radiactivos se encuentran compuestos de alto peso molecular como son: uranio, plutonio, radón, actinio, torio, francio, radio, etc.

Plaguicidas

El término plaguicida se utiliza para denotar a una sustancia que ha sido específicamente diseñada para destruir o controlar insectos, hongos, roedores, plantas, y otro tipo de plagas. Cabe señalar que a pesar de que no fueron diseñados para esto, algunos pueden dañar al organismo de los seres humanos. Entre los plaguicidas más dañinos para la salud humana y el medio ambiente se encuentran el DDT, el clordano, el toxafeno, el mirex, el lindano, etc.

Compuestos orgánicos persistentes

Como se establece en la Convención de Estocolmo, los Compuestos Orgánicos Persistentes (COP) son sustancias químicas que permanecen intactas en el universo de las sustancias químicas peligrosas 63 ambiente por largos periodos de tiempo, que están ampliamente distribuidas geográficamente, que se acumulan en las grasas de los organismos vivos y que son tóxicas para los seres humanos y animales. Los COP circulan por todo el mundo y pueden causar daño durante su traslado. Entre estas sustancias se encuentran: dioxinas, furanos, hexaclorobenceno, bifenilos policlorados, DDT, clordano, etc.

Manejo adecuado de sustancias químicas convenios internacionales

A raíz de la creciente problemática mundial sobre las sustancias químicas se crearon múltiples foros internacionales para analizar los retos que representan dichos materiales; entre otros, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), la Comisión para la Cooperación Ambiental de América del Norte (CCA), El Convenio Vinculante para la Eliminación de Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP), el Convenio de Procedimiento de Información y Consentimiento Previo (PIC), el Foro Intergubernamental de Seguridad Quí- mica (FISQ), etc., en los cuales se ha puesto particular énfasis en resaltar que el manejo de las sustancias químicas sólo puede ser efectivo si se utiliza el enfoque del ciclo de vida integral, es decir aquel que abarca desde la protección, extracción, síntesis de moléculas hasta su transformación en bienes de consumo y en residuos peligrosos.

Los convenios sobre productos químicos y desechos peligrosos:



El Convenio de Basilea

Fue aprobado en 1989. Durante el primer decenio de su aplicación, el principal foco de atención del Convenio fue la elaboración de controles sobre los movimientos “transfronterizos” de desechos peligrosos, es decir, los movimientos de este tipo de desecho a través de las fronteras internacionales, y la formulación de criterios para su gestión ecológicamente racional. Últimamente, la labor del Convenio ha dado prioridad al pleno cumplimiento de los compromisos contraídos en virtud de tratados, el fomento de la gestión ecológicamente racional de los desechos peligros y la reducción al mínimo de su generación. El Convenio entró en vigor el 5 de mayo de 1992.


El Convenio de Rotterdam

Fue aprobado en 1998. En los ochenta, el PNUMA y la FAO elaboraron códigos de conducta voluntarios y sistemas de intercambio de información que culminaron en el procedimiento de consentimiento fundamentado previo (CFP) en 1989. El Convenio sustituye este mecanismo con un procedimiento obligatorio de CFP y de sistemas de intercambio de información sobre los productos químicos y plaguicidas peligrosos. El Convenio entró en vigor el 24 de febrero de 2004.


El Convenio de Estocolmo


Fue aprobado en 2001. Se trata de productos químicos sumamente tóxicos, persistentes, bioacumulables y que se propagan a grandes distancias en el medio ambiente. El Convenio procura eliminar o restringir la producción y utilización de todos los contaminantes orgánicos persistentes producidos intencionalmente (es decir, los productos químicos y los plaguicidas de fabricación industrial). También se propone la reducción continua y, cuando sea factible, la eliminación de las liberaciones de contaminantes orgánicos persistentes producidos involuntariamente, como las dioxinas y los furanos. El Convenio entró en vigor el 17 de mayo de 2004.


Gestión de los materiales.

El conjunto de los convenios de Basilea, Rotterdam y Estocolmo abarca los elementos fundamentales de la gestión de los productos químicos peligrosos desde su producción hasta su eliminación, siendo la regulación más exhaustiva, la de los contaminantes orgánicos persistentes, contemplada por los tres convenios.

Productos químicos existentes.

El Convenio de Rotterdam (artículo 5) obliga a las Partes a comunicar a la Secretaría las medidas reglamentarias firmes que haya adoptado con respecto a productos químicos prohibidos o rigurosamente restringidos, para información de las demás Partes y su posible inclusión en el Convenio. Los países en desarrollo y los países con economías en transición también pueden proponer la inclusión de formulaciones plaguicidas extremadamente peligrosas (artículo 6).

El Convenio de Estocolmo (párrafo 4 del artículo 4) exige de las Partes que dispongan de sistemas de reglamentación y evaluación que tengan en consideración los criterios de selección de contaminantes orgánicos persistentes incluidos en el anexo D del Convenio cuando evalúen los plaguicidas o productos químicos industriales que actualmente se encuentren en uso. Las Partes deberán eliminar la producción y utilización de determinados productos químicos ya enumerados en el Convenio (artículo 3).

Productos químicos nuevos.

El Convenio de Estocolmo (párrafo 3 del artículo 4) exige de las Partes que dispongan de sistemas de reglamentación y evaluación que adopten medidas para reglamentar, con el fin de prevenirlas, la producción y utilización de nuevos plaguicidas o nuevos productos químicos industriales que posean las características de los contaminantes orgánicos persistentes.

Controles de las importaciones y exportaciones.

El Convenio de Basilea impone condiciones estrictas a los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos (artículos 4 y 6). Normalmente, el comercio con los Estados que no forman parte del Convenio no está permitido (párrafo 5 del artículo 4). El procedimiento original de consentimiento fundamentado previo del Convenio de Basilea (párrafo 1 del artículo 4) se vio reforzado por las decisiones posteriores de las Partes de prohibir la exportación de desechos peligrosos de los países miembros de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) a los países que no forman parte de dicha organización (decisiones II/12 y III/1, al 10 de julio de 2007, la enmienda todavía no ha entrado en vigor). El Convenio de Rotterdam (artículos 10 a 12) establece un procedimiento de consentimiento fundamentado previo relativo a las importaciones futuras de determinados productos químicos peligrosos. El Convenio de Estocolmo (párrafo 2 del artículo 3) restringe las importaciones y exportaciones de contaminantes orgánicos persistentes a los casos en que, por ejemplo, la finalidad sea la eliminación ambientalmente
racional. También exige que este tipo de contaminantes no sean transportados a través de las fronteras internacionales sin tener en cuenta las reglas, normas y directrices internacionales (párrafo 1 del artículo 6).





Gestión de desechos.

El Convenio de Basilea (artículo 4) obliga a cada Parte a reducir al mínimo la generación de desechos y a asegurar, en la medida de lo posible, la existencia de instalaciones de eliminación en su propio territorio. La Conferencia de las Partes aprobó en su sexta reunión, celebrada en diciembre de 2002, un Plan estratégico para la aplicación del Convenio de Basilea hasta 2010, basado en el marco de la Declaración ministerial de Basilea sobre el manejo ambientalmente racional de 1999. El Convenio de Estocolmo (artículo 6) obliga a las Partes a formular estrategias para determinar los desechos de contaminantes orgánicos persistentes y a gestionarlos de manera ecológicamente racional con carácter general. Los contaminantes orgánicos persistentes de los desechos normalmente se deben destruir o transformar de forma irreversible. El Grupo de Trabajo Técnico del Convenio de Basilea está elaborando directrices técnicas sobre desechos que contienen contaminantes orgánicos persistentes como parte de su programa de trabajo.

Liberaciones en el medio ambiente.

El Convenio de Estocolmo exige a las Partes que adopten medidas para reducir o eliminar las liberaciones de contaminantes orgánicos persistentes derivadas de la producción y utilización intencionales (artículo 3), la producción no intencional (artículo 5) y las existencias y desechos (artículo 6). Los conceptos de “mejores técnicas disponibles” y “mejores prácticas ambientales” serán desarrollados ulteriormente por la Conferencia de las Partes.

Comunicación de peligros.

Las Partes estarán obligadas a comunicar información sobre peligros en virtud del Convenio de Basilea (letra f del párrafo 2 del artículo 4), el Convenio de Rotterdam (párrafo 1 del artículo 5) y el Convenio de Estocolmo (artículo 10).

Sustitución.

El Convenio de Estocolmo exige el intercambio de información y la búsqueda de alternativas a los contaminantes orgánicos persistentes (artículos 9 y 11). Obliga a las Partes que empleen DDT a establecer un plan de acción, incluido para la utilización de productos alternativos (anexo B).

Leyes 

La Ley de 1992 sobre el transporte de mercancías peligrosas define el término "manipular" como el acto de cargar, descargar, empacar y desempacar mercancías peligrosas en un contenedor o medio de transporte, durante su transporte o después de su transporte, incluyendo el almacenamiento durante el transporte. 

Probablemente el aspecto más importante de la manipulación de mercancías peligrosas sea el empaque de las mismas en un contenedor. Por lo general, un empaque adecuado reduce en gran medida el riesgo de accidentes graves. Para ello, comités representativos de la industria, agrupaciones ecologistas
y demás partes interesadas elaboraron señales y métodos normalizados para el empaque o contenedor que debe utilizar el productor para ciertos tipos específicos de mercancías peligrosas. Esas normas de empaque están incluidas en las normas de seguridad y en las regulaciones.

Un requisito general de las regulaciones estipula que, en los casos en que no se haya estipulado un empaque reglamentario, las mercancías peligrosas en cuestión sean empacadas de manera que no se produzca ninguna descarga, emisión o fuga de mercancías peligrosas que pueda constituir un riesgo para la vida, la salud, la propiedad o el medioambiente. Las inspecciones de embarques en los puntos de distribución de los fabricantes, transportistas o compradores se concentran en el tipo de empaque utilizado para el envío de mercancías peligrosas. y demás partes interesadas elaboraron señales y métodos normalizados para el empaque o contenedor que debe utilizar el productor para ciertos tipos específicos de mercancías peligrosas. Esas normas de empaque están incluidas en las normas de seguridad y en las regulaciones.

Un requisito general de las regulaciones estipula que, en los casos en que no se haya estipulado un empaque reglamentario, las mercancías peligrosas en cuestión sean empacadas de manera que no se produzca ninguna descarga, emisión o fuga de mercancías peligrosas que pueda constituir un riesgo para la vida, la salud, la propiedad o el medioambiente. Las inspecciones de embarques en los puntos de distribución de los fabricantes, transportistas o compradores se concentran en el tipo de empaque utilizado para el envío de mercancías peligrosas.

Mercancía Peligrosa Mercancías peligrosas son cargas que por su naturaleza y peligrosidad requieren de un manipuleo adecuado y tomando las precauciones necesarias debido a que las mismas ponen en riesgo la vida humana y la instalación o lugar donde se trabajan. Puede causar enfermedades, dependiendo de gases tóxicos, venenosos y hasta incluso puede causar explosión.

Clasificación de las Mercancía Peligrosa Según la OMI (Organización Marítima Internacional) las cargas peligrosas se clasifican en 9 (nueve) categoría:

1. Explosivos
2. Gases: comprimidos, líquidos o disueltos bajos presiones.
3. Líquidos Inflamable
4. Sólidos Inflamables
5. Sustancia Oxidante, peróxido orgánico
6. Sustancia Venenosa
7. Sustancia Radioactiva
8. Corrosivos
9. Otras substancias peligrosas.

Señalización de Carga Peligrosa

Las cargas peligrosas requieren de una señalización apropiada para identificar, mediante símbolos de carácter internacional, el peligro latente del producto.
Esta información permite adaptar las medidas de precaución necesarias para evitar graves accidentes.
Generalmente se requiere la colocación de etiquetas en todos los contenedores de substancias peligrosas. Estas etiquetas deben presentar el nombre del químico, el nombre del fabricante y una advertencia sobre los peligros que presenta. Si el químico es transferido a otro contenedor debe estar etiquetado también. La única excepción es si el contenedor va utilizar un contenedor temporal, que únicamente va a manejar y que será vaciado al final de su jornada de trabajo. Sin embargo, es una buena práctica etiquetar los envases temporales también.


Se han creado ciertas etiquetas o placas especiales para poder identificar los peligros rápidamente. Estas etiquetas se deben usar en el lugar donde el material está siendo manejado, almacenado o transportado. Estas son:

Etiquetas de Advertencia de Peligros

Generalmente se requiere la colocación de etiquetas en todos los contenedores de substancias peligrosas. Estas etiquetas deben presentar el nombre del químico, el nombre del fabricante y una advertencia sobre los peligros que presenta. Si el químico es transferido a otro contenedor debe estar etiquetado también. La única excepción es si el contenedor va utilizar un contenedor temporal, que únicamente va a manejar y que será vaciado al final de su jornada de trabajo. Sin embargo, es una buena práctica etiquetar los envases temporales también. 

La Hoja de Datos Químicos (MSDS)

Su compañía le proveerá una hoja de Datos Químicos (MSDS) para cada material potencialmente peligroso con el que usted tenga que trabajar. Estas hojas deberán mantenerse en un lugar de fácil acceso. Las hojas MSDS contienen información detallada sobre el material, incluyendo:

* El nombre del material y otros nombres comunes * El nombre, la dirección y el teléfono del fabricante y un número de emergencia.
* Ingredientes peligrosos
* Los límites seguros de la exposición
* Información que le ayudará a identificar el material, como por ejemplo su olor, apariencia y propiedades físicas.
* Información sobre fuego y explosividad
* Peligros para la Saludos cordiales
* Síntomas sobreexposición
* Información sobre los primeros auxilios
* Condiciones médicas que pueden agravarse con la exposición
* Información para derrames y para la limpieza * Equipo de protección personal requeridos.

Asegúrese de leer la hoja de Datos Químicos (MSDS) de cada material que usted maneje antes de trabajar con él. Mientras más conozca acerca del químico, menor será su riesgo de tener un accidente.

El Manejo 

El manejo de materiales peligrosos varía según el tipo de material. Usted encontrará información sobre el manejo del químico en la hoja MSDS, pero aquí le ofrecemos varias reglas para seguir al manipular materiales peligrosos:

1. Asegúrese de conocer la identidad del químico que va a usar. Nunca trabaje sin tener este dato.

2. Use el contenedor apropiado para cada material. Verifique que el mismo es compatible con el material a prueba de goteos y fuerte. Por ejemplo, muchos líquidos inflamables deben ser guardados en contenedores aprobados, con inhibidores de chispas y tapas automáticas.

Medidas de control para el transporte de productos químicos

Se deberían transportar los productos químicos peligrosos de conformidad con los criterios establecidos por la autoridad competente para velar por la seguridad de los trabajadores involucrados.

Los criterios establecidos por la autoridad competente deberían ser coherentes con las reglamentaciones nacionales o internacionales en materia de transporte y deberían tener en cuenta, según corresponda:

a. las propiedades y la cantidad de los productos químicos que deban transportarse;
b. la índole, integridad y protección de los embalajes y los contenedores utilizados para su transporte, incluidas las tuberías;
c. las características del vehículo utilizado para el transporte;
d. los itinerarios que deban seguirse;
e. la formación y calificaciones de los trabajadores encargados del transporte;
f. las exigencias del etiquetado;
g. la carga y descarga;
h. la forma de proceder en caso de una situación de emergencia, por ejemplo incendios o derrames.

Los criterios que se adopten deberían ser coherentes con aquellos que rigen las disposiciones sobre transporte internacional ya existentes, como por ejemplo el Código marítimo internacional de mercancías peligrosas, el Convenio sobre aviación civil internacional y, en Europa, el Acuerdo europeo sobre el transporte internacional de mercaderías peligrosas por carretera (ADR), los que tratan de las mercancías que se desplazan entre países y cuyo objetivo principal es la protección del medio ambiente y de las personas que podrían verse afectadas por accidentes en el transporte de mercancías (además de los trabajadores encargados del transporte). Los criterios que se adopten deberían complementar los criterios señalados más arriba, procurando:

a. brindar protección a los trabajadores; y
b. brindar protección a otras personas que podrían verse afectadas por accidentes del transporte de productos químicos peligrosos en el interior de un país o dentro de los límites de un lugar de trabajo.

Recomendaciones de las Naciones Unidas relativas al transporte de mercancías peligrosas y disposiciones afines en materia de transporte

Las UNRTDG han dado lugar a la creación de un sistema mundial de amplia aceptación que constituye un marco para la formulación de normativas en materia de transporte regional, internacional y combinado. Las 

Recomendaciones son cada vez más utilizadas como base de los reglamentos nacionales sobre
transporte. Sus disposiciones son más bien generales en cuestiones como la notificación, la identificación y la comunicación de riesgos.

Su alcance se ha restringido al transporte de sustancias peligrosas envasadas; las Recomendaciones no se aplican a los productos químicos expuestos ni al transporte a granel. Inicialmente, el objetivo era evitar que las mercancías peligrosas provocasen lesiones agudas a los trabajadores o a la población en general y que dañasen otros artículos o los medios de transporte empleados (aeronaves, buques, trenes o vehículos para el desplazamiento por carretera).

Actualmente, el sistema se ha ampliado para incluir el amianto y otras sustancias que entrañan riesgos para el medio ambiente. Las UNRTDG se ocupan esencialmente de la comunicación de riesgos basada en la aplicación de etiquetas que consisten en una combinación de símbolos gráficos, colores, palabras de advertencia y códigos de clasificación. Asimismo, ofrecen datos fundamentales a los equipos de actuación en caso de emergencia.

Las Recomendaciones se aplican a la protección de trabajadores del sector del transporte como los miembros de las tripulaciones aéreas, los marineros y las dotaciones de trenes y vehículos de transporte por carretera. En muchos países, se han incorporado en la legislación sobre protección de los trabajadores portuarios.

Componentes del sistema como las Recomendaciones en materia de explosivos han sido adaptados a las normativas regionales y nacionales aplicadas en el lugar de trabajo, normalmente en lo que se refiere a su fabricación y almacenamiento.

Otras organizaciones de las Naciones Unidas que se ocupan de cuestiones relacionadas con el transporte han adoptado las UNRTDG. Los sistemas de clasificación para el transporte de mercancías peligrosas de Australia, Canadá, India, Jordania, Kuwait, Malaisia y el Reino Unido, por ejemplo, se atienen en esencia a los principios fundamentales de estas Recomendaciones.
En la clasificación de las Naciones Unidas se subdividen los productos químicos en nueve clases en función del riesgo:

• 1ª clase: sustancias explosivas;
• 2ª clase: gases comprimidos, licuados, disueltos bajo presión y altamente condensados;
• 3ª clase: líquidos fácilmente inflamables;
• 4ª clase: sustancias sólidas fácilmente inflamables;
• 5ª clase: sustancias oxidantes, peróxidos orgánicos;
• 6ª clase: sustancias nocivas (tóxicas) e infecciosas;
• 7ª clase: sustancias radiactivas;
• 8ª clase: agentes corrosivos,
• 9ª clase: otras sustancias peligrosas.

El embalaje de mercancías para su transporte, un aspecto considerado en las UNRTDG, no se aborda con el mismo detenimiento en otros sistemas. Como ayuda a la aplicación de las Recomendaciones, organizaciones como la OMI y la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) llevan a cabo programas muy significativos encaminados a la capacitación de los trabajadores portuarios y del personal aeroportuario en el reconocimiento de la información contenida en las etiquetas y en las normas de
embalaje.

Requisitos específicos

Personal

Quienes transporten, almacenen y manejen productos químicos y materiales peligrosos deben garantizar que todo el personal que esté vinculado con la operación de transporte de productos químicos y materiales peligrosos cuente necesariamente con los equipos de seguridad adecuados, una instrucción y un entrenamiento específicos, a fin de asegurar que posean los conocimientos y las habilidades básicas para minimizar la probabilidad de ocurrencia de accidentes y enfermedades ocupacionales.

El manejo de productos químicos y materiales peligrosos debe hacerse cumpliendo lo dispuesto en las Leyes y Reglamentos vigentes.

Transportistas

Los transportistas, deben proveer a sus conductores de: Disposiciones, normas, regulaciones sobre el transporte de productos químicos, Principales tipos de riesgos, Medidas de precaución y de seguridad apropiadas al producto que transportan, y Normas de comportamiento, antes , durante y después de un accidente.

A su vez el conductor debe tener experiencia en:

* Funcionamiento del equipo técnico del vehículo.
* Aplicación de señalización preventiva.
* Primeros auxilios.

Los transportistas que manejen o manipulen productos químicos peligrosos deben contar con un permiso de funcionamiento.

El transportista debe garantizar que los conductores y el personal auxiliar reciban de forma inmediata a su admisión, toda la información necesaria, además del entrenamiento respectivo. Los conocimientos adquiridos deben ser actualizados periódicamente.

Los transportistas deben revisar y observar periódicamente con la autoridad competente la estructura de las rutas de tránsito, que podrían ser causas de problemas que afecten al conductor, al vehículo, la carga y el ambiente.

Todo vehículo para este tipo de transporte debe ser operado al menos por dos personas: el conductor y un auxiliar. El auxiliar debe poseer los mismos conocimientos y entrenamiento que el conductor. El transportista es responsable del cumplimiento de este requisito.

En caso de daños o de fallas del vehículo en ruta, el transportista llamará a empresas especializadas que garanticen la manipulación de la carga dentro de normas técnicas y de seguridad según instrucciones del fabricante y del comercializador, de igual manera debe informar inmediatamente el daño y la presencia de productos químicos peligrosos a las autoridades competentes.

Los conductores deben informar al transportista de forma frecuente y regular todo lo acontecido durante el transporte. Deben comunicar así mismo posibles retrasos en la entrega de la carga.

El transportista debe garantizar que los conductores de transporte conozcan las características generales de la carga que se transporta, sus riesgos, grado de peligrosidad, normas de actuación frente a una emergencia y comprobar que la carga y los equipos se encuentren en buenas condiciones para el viaje.

El transportista debe verificar que la carga se encuentre fija y segura con soportes adecuados. Si existiese necesidad de refrigeración para la carga, el transportista se asegurará del adecuado funcionamiento de los sistemas de refrigeración del vehículo.

El transportista controlará que los vehículos que transporten productos químicos peligrosos, estén dotados del equipamiento básico destinado a enfrentar emergencias, consistente en al menos de: 2 extintores de más de 10 kilogramos de carga neta, equipo de primeros auxilios, 2 palas, 1 zapapico, 2 escobas, fundas plásticas resistentes, aserrín y material absorbente, equipo de comunicación y equipo de protección personal adecuado.

En la ruta el conductor debe velar por: La seguridad del vehículo y de su carga mientras se encuentran en ruta. Que la carga se encuentre en todo momento correctamente fija en el interior del vehículo. Que la carga sea transportada a temperaturas adecuadas de acuerdo con las permitidas en las etiquetas y hojas de seguridad de los productos a transportar. Mientras la carga permanezca en el vehículo, y de ser necesario, debe proporcionarse enfriamiento a través de un mecanismo acorde al producto que se transporta.

En carretera.

El conductor debe efectuar lo siguiente:

a) Instalar señales reflectivas de seguridad de alta intensidad o grado diamante; anteriores, posteriores y laterales, con la simbología del producto químico peligroso que transporta.

b) Verificar que el vehículo y la carga no generen problemas en caso que los conductores tengan que alejarse del vehículo. CDU: 66 CIIU: 35 351 ICS: 71:100 QU 03.07-401 -8- 1999-073
c) El estacionamiento debe efectuarse lo más alejado posible de áreas pobladas.

d) En caso de que el vehículo deba ser abandonado por cualquier motivo, notificar inmediatamente a las autoridades competentes sobre la localización y el contenido del mismo.

Para etiquetar un producto químico peligroso se debe utilizar el sistema de la National Fire Protection Asociation NFPA, es decir un rombo cuadrangular no menor de 100 mm × 100 mm, dividido en 4 zonas a las cuales les corresponde un color y un número. El color indica el tipo de riesgo existente con el producto y el número indica el nivel de riesgo (Anexos D y E).


a) El color azul significa peligro de salud:

0. Material ordinario: durante un incendio no genera peligro por combustión.
1. Ligeramente Peligroso: puede causar irritación pero solo un daño residual menor.
2. Peligroso: Una exposición intensa o continua puede causar incapacidad temporal o daño residual.
3. Extremadamente peligroso: Una exposición corta puede causar serio daño temporal o permanente.
4. Mortal: Una exposición corta puede causar la muerte o un daño permanente.


b) El color rojo significa peligro de inflamabilidad:

0. No se quema.
1. Precalentamiento requerido, punto de inflamación sobre los 930 C.
2. Precalentamiento requerido, punto de inflamación bajo los 930 C (puede ser moderadamente calentado o expuesto a altas temperaturas antes de que se combustione).
3. Fácil ignición en casi todo ambiente; punto de inflamación bajo los 380 C.
4. Muy inflamable, se vaporiza rápida y completamente bajo condiciones ambientales, punto de inflamación bajo los 230 C.

c) El color amarillo significa peligro de reactividad:

0. Estable aún bajo condiciones de incendio.
1. Normalmente estable, pero puede ser inestable a temperatura y presión elevada (si se calienta).
2. Cambio químico violento a elevada presión y temperatura o reacción violenta con agua.
3. Capacidad de detonación o reacción explosiva si está frente a una fuente de ignición fuerte o confinado bajo calor antes de ignición (golpes y calor lo pueden detonar).
4. Capacidad de detonación o reacción explosiva a presión y temperatura ambiente.
d) El color blanco significa peligro especial:

* OXI Material oxidante.
* ACID Material ácido.
* ALC Material alcalino.
* COR Material corrosivo.
* W Material reactivo con agua.
* AIR Material reactivo con aire. Material radiactivo.

1 comentarios:

zanetamachemer dijo...

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